Violencia contra la Mujer

Han pasado solo unos días desde el 25 de noviembre, ocasión en que se conmemora cada año y que cobra a su vez más fuerza y protagonismo en todo el hemisferio, el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Jornada seleccionada para denunciar los maltratos y síndromes de patriarcado que aún en la actualidad se ejerce sobre las mujeres y las niñas, tribunas que resultan bandera y escudo para reclamar políticas en todos los países para su erradicación.

La violencia de género radica en el actuar (o dejar de actuar), de modo intencional, y sus víctimas pueden encontrarse entre personas de cualquier edad, nivel escolar, clase social, territorio, nivel de ingresos o color de la piel.

La violencia como fenómeno universal data de tiempos remotos y aunque Cuba no está exenta distingue su actuación por erradicar cualquier manifestación de este fenómeno. Muchos son los instrumentos internacionales que abordan esta problemática, de los que nuestro país es firmante.

De igual modo, contamos con un marco regulatorio que da protección a las mujeres víctimas de la violencia dentro de los que se destacan, la Constitución de la República, el Código de familia, la ley de Procedimiento Penal, la ley 83/97 de la Fiscalía General de la República; el Código Penal y el Código de trabajo y seguridad social.

El artículo 43 de la Constitución de la República regula la violencia familiar y estipula que esta manifestación es penada por la ley.

El Código de familia establece el concepto socialista sobre la familia partiendo de la consideración fundamental de que constituye una entidad en que están presentes e íntimamente entrelazados el interés social y el interés personal, puesto que, en tanto célula elemental de la sociedad, contribuye a su desarrollo y cumple importantes funciones en la formación de las nuevas generaciones, así como en las relaciones de la vida en común de mujeres y hombres, entre estos y sus hijos y de todos con sus parientes, entrelazando intereses humanos, afectivos y sociales de las personas.

La Ley de Procedimiento Penal prevé la celebración de los juicios a puertas cerradas, si el caso lo justifica, como forma de garantizar su privacidad y la confidencialidad de las actuaciones judiciales.

La Ley 83/97 de La Fiscalía General de la República para el cumplimiento de sus objetivos, tiene las funciones principales siguientes:

  • velar por el cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales por los organismos del Estado, las entidades económicas y sociales y por los ciudadanos;
  • actuar ante violaciones de los derechos constitucionales y las garantías legalmente establecidas y frente a las infracciones de la legalidad en los actos y disposiciones de organismos del Estado y sus dependencias, las direcciones subordinadas a los órganos locales y demás entidades económicas y sociales, exigiendo su restablecimiento; atender las reclamaciones que presenten los ciudadanos.

En sus 47 años de fundada, la Fiscalía General de la República ha dado pasos hacia el empoderamiento de la mujer desde la defensa de la legalidad, y es así que, en el año 2011, gracias al proceso de perfeccionamiento de nuestro órgano se creó una dirección para atender la Protección a la Familia y Asuntos Jurisdiccionales, apartado que se integraba a otros procesos sustantivos de la Fiscalía.

Esta nueva dirección tiene entre sus objetivos, ofrecer una atención más especializada a niños, niñas y adolescentes y a las mujeres, particularmente a aquellas víctimas de delitos o violencia de cualquier índole, así como la atención a otros sectores potencialmente vulnerables. En las fiscalías provinciales del país se constituyeron también departamentos con similares funciones.

No obstante, la Fiscalía no espera que las denuncias ocurran para ejercer su función de proteger. Desde su visión proactiva desarrolla, de igual modo, un sistema de atención a la población por diferentes vías, entre las que destaca la “Línea Única”, creada para la orientación jurídica y en función de atender estos temas sensibles en la población.

La atención telefónica se validó como nuevo concepto de actuación en la tramitación y solución de los planteamientos de los ciudadanos, de utilidad demostrada para quienes no pueden acceder personalmente a los locales de atención a los ciudadanos o prefieren esta vía por su inmediatez. Así mismo es un fundamento de la concertación del Convenio de Colaboración existente entre la Fiscalía General de la República y la Federación de Mujeres Cubanas, donde se prevé el empleo de la vía telefónica como línea ayuda para las mujeres víctimas de violencia de género o discriminación de cualquier tipo.

El servicio de línea única se brinda en todas las fiscalías provinciales y en la Fiscalía General, mediante una llamada telefónica al 802 12345 durante las 24 horas y los siete días de la semana para atender a las personas que requieren de algún tipo de información jurídica y para recibir denuncias, las que son tramitadas y tienen seguimiento posterior desde las fiscalías municipales, provinciales y el propio órgano central, quien exige el restablecimiento del orden legal por los funcionarios y autoridades que corresponda y de los derechos de las personas. En todos los casos se ofrecen respuestas personales sobre cada asunto tramitado.

Resulta prioritario para el órgano prestar especial atención a los procesos civiles y de familia que pudieran favorecer hechos de esa naturaleza, como son los casos de adopción, los procesos de filiación y las tutelas de los menores de edad y de personas declaradas judicialmente incapacitadas para regir su persona y administrar sus bienes.

Esta jerarquización del fenómeno muestra la vocación de la Fiscalía General de la República de defender la legalidad y se prueba que es necesario el tratamiento diferenciado, en el hecho de que del total de personas que llegan a las oficinas en toda la provincia para plantear una situación, el 19% son mujeres y el 5% lo hacen para reclamar sus derechos.

Es importante señalar que, si produce cualquier manifestación de violencia, la primera recomendación es pedir ayuda. El problema no es privado, aunque se presente en la familia u otro espacio social. Las personas pueden dirigirse a las casas de Orientación a la Mujer y la Familia que existen en cada municipio, los consultorios médicos y policlínicos, centros comunitarios de salud mental, las estaciones de la Policía Nacional Revolucionaria y en el caso de la Fiscalía General de la República, a las oficinas de atención al ciudadano que en todos los territorios de igual forma existe, así comunicarse mediante las ocho vías de comunicación con las que el órgano cuenta, para ofrecer una atención más directa como la línea única telefónica, el buzón, el portal web, correo portal y electrónico, etc.

La violencia se puede expresar desde varias aristas, puede ser desde el sometimiento en el hogar casi siempre por conductas machistas que aún persisten en la sociedad, el descrédito personal o social, la humillación, hasta la violencia física, que puede desencadenar en la ocurrencia de conductas que la ley tipifica como delito, ejemplo:

  • Abusos lascivos
  • Proxenetismo y Trata de Personas
  • Ultraje sexual
  • Incesto
  • Bigamia
  • Asesinato
  • Amenazas
  • Coacción
  • Violación
  • Estupro
  • Aborto ilícito

Para estas conductas el código penal establece penas a los autores. Pero el triunfo está en evitar que ocurra, es por eso que la denuncia oportuna o la búsqueda de orientación o ayuda es fundamental.

La Fiscalía General desarrolla una estrategia de conjunto con la Federación de Mujeres Cubanas, el Ministerio del Interior y otros organismos. Entre las acciones sobresalen el trabajo de protección y asistencia a las víctimas, con expresión en nuestra provincia en la consejería que funciona desde la casa de orientación de la mujer y la familia, así como actividades de comunicación sobre el tema en instituciones escolares y entidades públicas.

De vital importancia resulta que, desde la familia, que es la primera institución socializadora, se inculquen valores para evitar la proliferación de este flagelo. Es un quehacer multisectorial y multidisciplinario que exige la responsabilidad de la ciudadanía y la justa denuncia a quienes irrespetan los valores ajenos.

Todo lo expresado sintetiza el empeño de un país por eliminar estos lamentables comportamientos y validar las políticas implementadas al respecto, patentizando las palabras de Fidel Castro, cuando expresó en el acto de constitución de la organización de las mujeres cubanas:

“Las mujeres constituyen un verdadero ejército al servicio de la Revolución…La mujer es una Revolución dentro de la Revolución … Cuando en un pueblo pelean los hombres y pueden pelear las mujeres, estos pueblos son invencibles, y la mujer de este pueblo es invencible”.